PACTO
COLECTIVO Y CONVENCIÓN COLECTIVA
Es evidente la coexistencia, dentro de una misma organización del pacto
colectivo y la convención colectiva, lo único que hace es desarrollar los
instrumentos internacionales ya que constituyen fuente de derecho laboral
encaminadas a desarrollar la libertad sindical y por lo mismo no son
violatorias de la contratación colectiva, sino lo contrario, en el sentido de
proteger a los sindicatos minoritarios.
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